• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS QUESADA VAREA
  • Nº Recurso: 393/2024
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mercantil recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19, fundamentalmente el cierre de establecimiento. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: DANIEL PRIETO FRANCOS
  • Nº Recurso: 361/2024
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Entiende esta sentencia, después de revisar las pruebas periciales que constan en las actuaciones así como el visionado del soporte videográfico en que consta la vista donde depusieron ambos peritos, debe ratificar que no consta acreditado que la causa por la cual se producen las filtraciones y las humedades en el garaje sea imputable al incorrecto mantenimiento de la cubierta que corresponde al Ayuntamiento demandado. Es por ello por lo que desestima el recurso por responsé a patrimonial de la administración demandada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: ELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
  • Nº Recurso: 49/2025
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de la instancia que estimó parcialmente una reclamación de responsabilidad patrimonial y condenó al Servicio Extremeño de Salud a pagar 4.870,42 euros por mala praxis médica. El Tribunal sin entrar en el enjuiciamiento del fondo de la controversia desestima la apelación atendiendo a la insuficiencia de la cuantía fijada en la instancia para acceder a este tipo de recurso. Se declara por la Sala que el derecho de acceso a los recursos forma parte de la tutela judicial efectiva según el Tribunal Constitucional, pero siempre dentro de los límites establecidos por la ley. Se acude, a continuación, a lo dispuesto en el artículo 81.1 de la LJCA, precepto en el que se establece que los recursos de apelación solo son admisibles si la cuantía del litigio supera los 30.000 euros. El debate en la apelación se concreta en los 22.571,41 euros de indemnización reclamados, cantidad que, sumada a lo ya concedido, no alcanza el umbral legal exigido. Se invoca asimismo la doctrina del Tribunal Supremo al declarar que para fijar la cuantía relevante debe atenderse exclusivamente al débito principal realmente discutido en apelación, excluyéndose costas, recargos u otras partidas accesorias. Se concluye por la Sala que no basta con la cuantía inicial solicitada ni con que la sentencia recurrida indique que es recurrible si no se alcanza el umbral legal exigido.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Contencioso Administrativo
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JOSE ANTONIO MORENO GOMIS
  • Nº Recurso: 176/2024
  • Fecha: 30/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ha quedado completamente acreditado que los niveles de ruido denunciados por los recurrentes "son inaceptables", "por mucho margen", como así declaró con toda claridad el perito Basilio. autor del estudio acústico habiendo elaborado el mismo el mapa de ruido a encargo del Ayuntamiento de Gernika, realizando mediciones en tres viviendas pero siendo sus resultados extrapolables a las restantes viviendas. debiendo por ello considerar acreditada la vulneración de los derechos fundamentales de los recurrentes lo que además se reconoce en las contestaciones a la demanda, en la del propio Ayuntamiento en cuanto al "grave perjuicio a los vecinos de Gernika". A la hora, con todo, de determinar la responsabilidad, ha de considerarse que tan solo ha de alcanzar al ente público Red Ferroviaria Vasca. Se estima el recurso condenándole a no continuar con esa actividad en período nocturno, mientras no garantice que con ella no se rebasan los umbrales fijados por las normas de contaminación acústica aplicables; y condenando a la Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea a indemnizar con la suma de 3.500 € a cada uno de los demandantes en concepto de daños morales sufridos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: DAVID ORDOÑEZ SOLIS
  • Nº Recurso: 692/2024
  • Fecha: 29/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Por aplicación de la Ley Orgánica del Régimen del Personal del Cuerpo Nacional de Policía y de las leyes 39 y 40-2015 así como de la jurisprudencia del Tribunal Supremo procede el abono de la indemnización correspondiente a cargo de la Administración del Estado al funcionario del Cuerpo Nacional de Policía que sufrió daños a causa del desempeño de su función; pero ocurre que en el caso la acción estaba ya prescrita.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: RICARDO RODRIGUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 248/2024
  • Fecha: 28/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El legislador quiso limitar la exclusión de la exoneración del pasivo a conductas sancionadas, e incluso sancionadas por infracción muy grave, en un claro intentó de justificarla y de responder a un principio de proporcionalidad. Aun cuando no se puede afirmar como axioma que el sobreendeudamiento siempre abarca créditos públicos, raro es imaginar un caso en el que las deudas contraídas no lo son también por impago de deudas tributarias y/o de seguridad social, al menos en el caso de autónomos y empresarios, por lo que si no se interpreta la norma como propone este tribunal se llegaría a la conclusión de que ningún responsable por derivación podría exonerarse del pasivo insatisfecho solo por el mero hecho de serlo, lo que conllevaría no solo que tuviera que pagar el crédito público, sino que, además, tampoco podría exonerarse del pago de ninguna deuda y solo por el mero hecho de tener que responder de una deuda de cuyo pago sí se exoneraría al obligado principal si no hubiera sido sancionado o lo hubiera sido por infracción leve o grave. La exclusión del derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho por acuerdo de derivación de responsabilidad solo se ha de aplicar en aquellos casos en los que el obligado principal haya sido sancionado por infracción muy grave.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JAVIER ANTON GUIJARRO
  • Nº Recurso: 253/2024
  • Fecha: 28/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Lo que en esta norma se sanciona es una situación de sobreendeudamiento que puede obedecer a varias circunstancias (financiación desmedida, gasto descontrolado, etc.) que tienen en común el obedecer a un comportamiento temerario o negligente del deudor, esto es a un comportamiento por el cual el deudor, con desprecio de lo limitado de su capacidad económica, continúa endeudándose a sabiendas de su incapacidad de afrontar ese pasivo. Resulta además exigible que esa negligencia revista un cierto grado de relevancia o gravedad, y ello por analogía con la causa general de concurso culpable en la que la generación o agravación de la insolvencia debe obedecer al dolo o culpa grave del deudor ( art. 442 TRLC), pues aun cuando la excepción del ordinal 6º del art. 487-1 TRLC puede ser acogida sin necesidad de que dicho comportamiento "haya merecido sentencia de calificación del concurso como culpable", no sería coherente permitir una mayor laxitud en el sobreendeudamiento que cierra la puerta a la exoneración del pasivo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUCIA ACIN AGUADO
  • Nº Recurso: 308/2021
  • Fecha: 25/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Responsabilidad por funcionamiento de la Administración de Justicia. Prisión preventiva durante 540 días con sentencia absolutoria. Plazo de prescripción de la acción, un año desde la notificación de firmeza de la sentencia, se recoge jurisprudencia sobre el dies a quo. Examen del artículo 294 LOPJ a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional 85/2019, de 19 de junio, en cuanto a su interpretación y su aplicabilidad. Se alude a las circunstancias que deben tenerse en cuenta para la fijación de la indemnización correspondiente. Teniendo en cuenta los criterios que sigue el Tribunal Supremo, se fija la cuantía en 13.500 euros, cuantía ya actualizada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: ANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
  • Nº Recurso: 862/2024
  • Fecha: 25/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se inadmite,por desviación procesal,el recurso interpuesto frente a la inadmisión de la solicitud de responsabilidad patrimonial formulada por los perjuicios derivados de las restricciones impuestas durante la pandemia. En sede administrativa se declara la prescripción del derecho a reclamar,la falta de legitimación pasiva respecto a los periodos de estado de alarma, desestimando,en cuanto al fondo, el periodo intermedio, al no concurrir los requisitos de responsabilidad.En sede judicial, la recurrente reclama la misma cantidad que en sede administrativa, 55.509'50€, pero variando el título de imputación: en vía administrativa, atribuía el daño a las restricciones por COVID; en cambio, en sede judicial fundamentó la responsabilidad en la inactividad administrativa al no prever bonificaciones en la tasa del juego pese a la imposibilidad de explotar las máquinas. Se inadmite el recurso interpuesto por desviación procesal, al considerar, la Sala, que se introdujo una nueva causa petendi no planteada previamente. Y ello al no tratarse de una nueva argumentación jurídica sobre hechos ya alegados, sino de una alteración sustancial del objeto del proceso,incorporando un nuevo título de imputación no alegado,con caracter previo, en sede administrativo. Ello supone la inadmisión del recurso interpuesto al no haberse respetado los límites del debate fijados en la vía administrativa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: JUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
  • Nº Recurso: 361/2022
  • Fecha: 25/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Las lesiones fueron diagnosticadas como "fractura húmero compleja y Dedo 3º mano izquierda en martillo, por lesión tendón extensor" con ocasión resbalar y caer al suelo durante su jornada laboral en las dependencias de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana de la Comisaría Provincial de Policía de Santa Cruz de Tenerife. La Sala dice que se debe indemnizar por la indemnidad del servicio, pero solo entiende que debe indemnizar por las secuelas, no por los días que ha estado incapacitado por los que cobra el 100 % de los emolumentos.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.